El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes ha establecido un precedente significativo al determinar que la Ley N.º 27.742, conocida como «Ley Bases», no es aplicable retroactivamente en casos relacionados con la indemnización prevista en el artículo 80 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). Este fallo refuerza la protección de los derechos adquiridos por los trabajadores antes de la entrada en vigencia de la nueva normativa.
Contexto del Caso
En el expediente «Cabral Matías Sebastián c/ Curuzú Bus S.R.L. s/ laboral», el trabajador demandó a su empleador por no haber entregado los certificados laborales obligatorios tras la finalización de la relación laboral. La empresa argumentó que, dado que la Ley Bases derogó el artículo 80 de la LCT, la indemnización correspondiente no debía aplicarse.
Fundamentos del Fallo
El tribunal rechazó la aplicación retroactiva de la Ley Bases, destacando que:
- La indemnización prevista en el artículo 80 de la LCT no constituye una sanción penal, sino una compensación al trabajador por el incumplimiento del empleador.
- La Ley Bases, según lo dispuesto en su artículo 237, entra en vigencia a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, sin efectos retroactivos, conforme al artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación.
- Aplicar la nueva ley a situaciones anteriores violaría principios fundamentales del derecho laboral y constitucional.
Implicancias para Empleadores y Trabajadores
Este fallo subraya la importancia de cumplir con las obligaciones legales vigentes al momento de la finalización de una relación laboral. Los empleadores deben entregar los certificados correspondientes en tiempo y forma para evitar sanciones. Por su parte, los trabajadores tienen derecho a reclamar indemnizaciones si estas obligaciones no se cumplen, incluso si la normativa ha cambiado posteriormente.
Conclusión
La decisión del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes reafirma la protección de los derechos laborales adquiridos y establece que las modificaciones introducidas por la Ley Bases no afectan situaciones jurídicas consolidadas antes de su entrada en vigencia.
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