La Aplicación Temporal de la Derogación de las Sanciones de las Leyes 24.013, 25.323 y 25.345: Una Visión Componedora

El 9 de julio de 2023, entró en vigencia la Ley 27.742, conocida como la “Ley Bases”, que introdujo cambios significativos en el ámbito laboral argentino, principalmente en lo que respecta a la derogación de sanciones vinculadas a defectos registrales en los contratos de trabajo y el pago de indemnizaciones. Esta derogación ha generado un intenso debate en torno a su aplicación temporal y sus efectos sobre los casos en trámite. En este artículo, abordaremos algunos puntos clave sobre cómo esta derogación afecta a los trabajadores y a los empleadores, y cuáles son los desafíos jurídicos que plantea.

¿Qué Sanciones se Derogaron con la Ley 27.742?

El Capítulo VI del Título V de la Ley 27.742, denominado “Modernización Laboral”, derogó una serie de sanciones que se aplicaban a situaciones de:

  1. Defectos en la registración laboral: (Artículos 8, 9, 10 y 15 de la Ley 24.013).
  2. Falta de pago en término de indemnizaciones: (Artículo 9 de la Ley 25.013 y artículo 2 de la Ley 25.323).
  3. Omisión de entrega de certificados de trabajo y constancias de aportes: (Artículos 43 y 45 de la Ley 25.345).

Estas sanciones fueron eliminadas con el objetivo de modernizar la legislación laboral, reduciendo las cargas que enfrentan los empleadores. Sin embargo, uno de los puntos más discutidos ha sido la aplicación retroactiva de esta derogación.

La Aplicación Temporal: Un Tema Crucial

El artículo 7 del Código Civil y Comercial de la Nación (C.C.yC.N.) establece que las leyes se aplican a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes desde el momento de su entrada en vigencia, sin efectos retroactivos, salvo disposición en contrario. En este sentido, la Ley 27.742 no dispone la aplicación retroactiva de su derogación, por lo que el debate se centra en si los incumplimientos cometidos por los empleadores antes del 9 de julio de 2023 deben ser sancionados bajo las normas vigentes en ese momento o si deben considerarse eliminados por la derogación.

El Carácter Declarativo o Constitutivo de las Sentencias

Uno de los ejes de la discusión es determinar si las sentencias laborales que reconocen los incumplimientos de los empleadores tienen carácter declarativo o constitutivo:

  1. Sentencias de carácter constitutivo: Estas sentencias crean una nueva situación jurídica y, en consecuencia, las sanciones derogadas no podrían ser aplicadas a hechos pasados.
  2. Sentencias de carácter declarativo: Estas sentencias reconocen un derecho que ya existía antes de la derogación, por lo que las sanciones sí deberían aplicarse a hechos cometidos antes de la entrada en vigencia de la Ley 27.742.

En este contexto, los tribunales han tomado posturas divididas. Algunos consideran que las sanciones derogadas por las leyes 24.013, 25.323 y 25.345 tienen un carácter punitivo, por lo que no deberían aplicarse retroactivamente. Otros, como la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, sostienen que estas sanciones constituyen indemnizaciones agravadas en favor de los trabajadores, y por lo tanto, su derecho ya estaba incorporado a su patrimonio antes de la derogación.

Naturaleza Jurídica de las Sanciones Derogadas

Es esencial analizar la naturaleza jurídica de las sanciones derogadas para entender su impacto. Las multas laborales establecidas por las leyes ahora derogadas tenían un claro carácter disuasivo y punitivo. Sin embargo, también contenían un elemento reparatorio, ya que compensaban los perjuicios sufridos por los trabajadores debido a la falta de registración o incumplimientos en los pagos indemnizatorios.

El debate se intensifica cuando se considera que estas sanciones, aunque punitivas, buscaban proteger al trabajador en situaciones de vulnerabilidad. El artículo 9 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) establece que, en caso de duda sobre la interpretación de la ley, se debe optar por la solución más favorable para el trabajador. Este principio, conocido como “in dubio pro operario”, respalda la aplicación de las sanciones incluso después de la derogación, siempre que los hechos sancionables hayan ocurrido antes de la entrada en vigencia de la nueva ley.

Una Visión Componedora: Equilibrio entre Derechos y Responsabilidades

En el complejo contexto actual, es fundamental que los jueces adopten una visión componedora, que busque un equilibrio entre la necesidad de modernizar el marco legal y el derecho de los trabajadores a ser reparados por los daños sufridos debido a incumplimientos laborales. La derogación de las sanciones, aunque justificada por la necesidad de reducir costos para los empleadores, no puede generar una desprotección de los derechos adquiridos por los trabajadores.

Es posible que los jueces, en la ausencia de una tarifa legal vigente, recurran a soluciones compensatorias previstas en la Ley 20.744 (LCT). Por ejemplo, podrían aplicar el artículo 275, que prevé la duplicación de intereses como sanción por mora en el pago de indemnizaciones.

Conclusión

La derogación de las sanciones establecidas por las leyes 24.013, 25.323 y 25.345 plantea un desafío legal significativo, especialmente en relación con su aplicación temporal y el impacto en los procesos judiciales en trámite. Es crucial que los tribunales laborales adopten decisiones que no solo sigan los principios legales, sino que también garanticen la protección de los derechos de los trabajadores, respetando la seguridad jurídica y la progresividad en la protección laboral.

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