¿Qué sucede con la medicina prepaga al jubilarse?

Cuando un trabajador se jubila, surgen diversas dudas sobre cómo continuará con la cobertura médica, especialmente si estaba afiliado a una prepaga a través de un plan corporativo proporcionado por su empleador. En un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, se definió el alcance de los derechos de continuidad de la afiliación a las prepagas en estos casos.

La continuidad de la afiliación a la medicina prepaga: lo que dice la ley

En el caso «Recurso Queja N° 1 – S., L.M. y otro c/ Swiss Medical SA s/ prestaciones médicas», el procurador fiscal Víctor Abramovich explicó que la Ley de Medicina Prepaga (Ley 26.682) busca asegurar que las personas que formaban parte de planes corporativos puedan continuar con su cobertura al finalizar su relación laboral. Sin embargo, aclaró que esta continuidad no implica que las empresas de medicina prepaga estén obligadas a mantener las mismas condiciones o precios que el plan original.

El caso comenzó cuando dos personas, de 62 y 70 años, afiliadas a Swiss Medical a través de un contrato corporativo, se encontraron con una importante diferencia en los costos y las condiciones del servicio al intentar continuar con su afiliación tras la extinción de su relación laboral. Las nuevas opciones de planes, con cuotas mensuales de entre $40.000 y $55.000, fueron consideradas excesivas, alcanzando casi el 100% de su haber jubilatorio.

El fallo judicial

La Sala B de la Cámara Federal de Córdoba falló a favor de los demandantes, ordenando que Swiss Medical S.A. mantuviera la continuidad de su afiliación, pero no necesariamente en las mismas condiciones que el plan corporativo original. El tribunal reconoció que las empresas de medicina prepaga tienen el derecho de ofrecer planes comerciales, pero deben cumplir con una serie de resguardos establecidos por la ley, como el reconocimiento de la antigüedad, la equivalencia en la calidad de los servicios y la prohibición de establecer precios diferenciados por edad o preexistencias.

La Corte Suprema, a través del procurador, aclaró que, aunque las condiciones pueden variar, las empresas de medicina prepaga deben ofrecer opciones razonables y respetar ciertos derechos básicos de los afiliados.

¿Qué implica este fallo para los jubilados?

Este fallo establece un importante precedente para los jubilados que deseen continuar con su afiliación a una prepaga. Si bien la empresa puede cambiar el plan, debe garantizar que no se impongan condiciones desproporcionadas, y los afiliados deben poder acceder a una opción que respete su antigüedad y que no suponga un perjuicio económico excesivo.

¿Qué hacer si enfrentas una situación similar?

Si estás en una situación similar a la de los demandantes y no sabes cómo proceder con tu afiliación a una prepaga tras la jubilación, o si consideras que tus derechos no están siendo respetados, es fundamental contar con un abogado especializado en derecho del consumidor o en derecho de la salud.

Si tienes dudas o necesitas asesoramiento sobre este tema, no dudes en contactarme. Puedo ayudarte a entender mejor tus derechos y a defenderlos adecuadamente ante las empresas de medicina prepaga o cualquier otro servicio relacionado.