¿“Turismo de la muerte” a Uruguay? Qué dice la ley, quiénes pueden acceder y por qué hoy no es una opción para argentinos sin residencia

Introducción

Desde ayer, Uruguay tiene una ley de eutanasia aprobada por su Parlamento. La tentación inmediata es obvia: ¿puede un argentino cruzar el Río de la Plata para solicitarla? Respuesta corta: no, salvo que acredite residencia habitual en Uruguay o sea ciudadano uruguayo. Todo lo demás es humo romántico o marketing macabro. Lo que sigue explica por qué, con citas al texto parlamentario y a la cobertura internacional.


Qué dice la ley uruguaya hoy

El proyecto sancionado regula la eutanasia para mayores de edad, psíquicamente aptos, con patologías incurables e irreversibles que produzcan sufrimiento insoportable y grave deterioro de la calidad de vida. El procedimiento exige solicitud escrita, segunda opinión, posibilidad de Junta Médica con psiquiatra, expresión final ante dos testigos y revisión ex post por una Comisión; además, el Poder Ejecutivo debe reglamentar en un plazo de hasta 180 días desde la promulgación.

Punto clave para nuestro tema: solo pueden ampararse a esta ley los ciudadanos uruguayos (por nacimiento o naturalización) y los extranjeros que acrediten fehacientemente su residencia habitual en Uruguay. No hay puerta para turistas.

Coberturas de agencias y medios coinciden en lo esencial: la ley excluye a menores, no contempla el suicidio asistido y establece un circuito sanitario y administrativo que impide resoluciones exprés.


¿Puede un argentino viajar y pedir eutanasia en Uruguay?

No, si no es residente habitual ni ciudadano uruguayo. El texto aprobado es explícito: la titularidad del derecho se limita a ciudadanos y residentes habituales; un viaje breve o una estada turística no alcanzan.

¿Sirve “residencia en trámite”?

Hoy, no hay norma reglamentaria que equipare “residencia en trámite” a “residencia habitual acreditada”. Hasta que la reglamentación salga, hablar de atajos administrativos es vender espejos.

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Matriz de escenarios típicos

  • A) Argentino sin residencia uruguaya que viaja a pedir eutanasia
    Resultado jurídico: No viable. Falta el requisito subjetivo de ciudadanía o residencia habitual.
  • B) Argentino con residencia habitual acreditada en Uruguay
    Resultado jurídico: Potencialmente viable, si además cumple edad, aptitud psíquica, condición clínica y procedimiento. La ejecución queda sujeta a reglamentación y a la Comisión de Revisión.
  • C) “Paquete exprés”: gestoría migratoria + solicitud inmediata
    Resultado jurídico: Invialble en los hechos. Acreditar residencia habitual demanda tiempo y arraigo; además, el proceso sanitario tiene etapas y plazos mínimos.

Dos aclaraciones necesarias para argentinos que consultan

1) Territorialidad y límites penales en Argentina

La discusión sobre si un argentino podría morir legalmente en otro país no habilita conductas punibles en territorio argentino. La instigación o ayuda al suicidio está tipificada en Argentina, y la aplicación territorial del Código Penal se activa con hechos cometidos o con efectos en el país. Mensaje simple: asesoramiento jurídico, sí; participación material en Argentina que pueda encuadrar penalmente, no.

2) Consentimiento realmente libre

Antes de fantasear con atajos, conviene recordar lo obvio: si no hay paliativos y coberturas robustas, la “elección” puede ser coacción económica disfrazada. Uruguay prevé información obligatoria sobre cuidados paliativos; cualquier evaluación seria de autonomía pasa por garantizar alternativas reales.


Alcance moral, mínimo e imprescindible

No vamos a moralizarte la vida. Solo una línea editorial razonable: dignidad sí, sin atajos. Si alguien cumple residencia, criterios clínicos, aptitud psíquica y pasa un procedimiento trazable, no hay “turismo” sino una prestación sanitaria regulada. Lo demás, por definición, no corresponde.


Conclusión

El “turismo de la muerte” a Uruguay no es una opción legal. La ley uruguaya cierra el acceso a turistas y no residentes y exige un proceso sanitario con garantías y reglamentación pendiente. Quien plantee un viaje relámpago para morir en Montevideo te está vendiendo una ficción jurídica.

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Disclaimer profesional: no promovemos ni facilitamos “turismo de la muerte”. Brindamos información legal responsable sobre derechos del paciente, paliativos, directivas anticipadas y cumplimiento normativo. Si tu consulta involucra Uruguay, solo analizamos supuestos con residencia real y dentro del marco legal vigente.