¿Cuál es el mínimo no imponible para el Impuesto a los Bienes Personales en 2022?

La AFIP publicó las escalas y los mínimos no imponibles del Impuesto a los Bienes Personales para el período 2022, estableciendo un mínimo no imponible de $11.282.141,08 y exención para inmuebles utilizados como vivienda con valor inferior a $56.410.705,41.

Como cada año, la AFIP publica las escalas y los mínimos no imponibles del Impuesto a los Bienes Personales para el período siguiente. Y este año no es la excepción. Según se informó hoy, el mínimo no imponible para el ejercicio 2022 quedó en el orden de los $11.282.141,08. Esto significa que quedarán exentos los bienes gravados situados en el país cuando la suma de los mismos sea inferior a dicho monto.

Es importante recordar que el impuesto sobre los bienes personales se determina en función de los bienes que se poseen al 31 de diciembre de cada año tanto para las personas humanas como para las sucesiones indivisas. Su vencimiento es en junio de 2023, luego de la presentación de la respectiva declaración jurada.

Por otro lado, la Ley 27.667 establece un mecanismo de actualización automática para los mínimos no imponibles y la “exención” para el inmueble destinado a casa habitación. Según esta ley, los inmuebles utilizados como vivienda (es decir, como “casa habitación”) estarán exentos del impuesto cuando su valor sea inferior a $56.410.705,41 (antes de esta actualización el límite era de $30.000.000). Si el valor del inmueble supera ese monto, se computará para la determinación.

EL IMPUESTO A INGRESAR POR LOS BIENES SITUADOS EN EL EXTERIOR SE DETERMINARÁ CONSIDERANDO LA SIGUIENTE ESCALA: